ARTICULO 442 . Requisitos formales de la resolución de acusación . La resolución de acusación tiene carácter interlocutorio y debe contener
La narración suscinta de los hechos investigados, con todas las circunstancias de modo, tiempo y lugar que los especifiquen.
La indicación y evaluación de las pruebas allegadas a la investigación.
La calificación jurídica provisional, con señalamiento del capítulo dentro del título correspondiente del Código Penal.
Las razones por las cuales comparte o no los alegatos de las partes.