La Caja de Vivienda Militar estará dirigida, administrada y orientada por la Junta Directiva, el Director General y los demás funcionarios que la Junta determine, quienes desempeñarán sus funciones dentro de las facultades y con las atribuciones que este Decreto y los Estatutos les confieran, y en lo no previsto en ellos, en armonía con las leyes vigentes
Artículo 6
La Caja De Vivienda Militar Estará Dirigida, Administrada Y Orientada Por La Junta Directiva, El Director General Y Los Demás Funcionarios Que La Junta Determine, Quienes Desempeñarán Sus Funciones Dentro De Las Facultades Y Con Las Atribuciones Que Este Decreto Y Los Estatutos Les Confieran, Y En Lo No Previsto En Ellos, En Armonía Con Las Leyes Vigentes Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Modificado Artículo 1 Decreto 2182 De 1984 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 6º La Dirección Y Administración De La Caja De Vivienda Militar Estará A Cargo De La Junta Directiva Que Presidirá El Ministro De Defensa Nacional Y Del Gerente, Quien Será Su Reprsentante Legal
Decreto 3073 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Caja de Vivienda Militar
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.