º. Las disposiciones del presente Decreto se aplicarán en los ferrocarriles nacionales en explotación en tanto que su administración pasa al Consejo Administrativo de que trata la Ley 29 de 1931.
Decreto 869 de 1931 →Vigente
Artículo 8
Las Disposiciones Del Presente Decreto Se Aplicarán En Los Ferrocarriles Nacionales En Explotación En Tanto Que Su Administración Pasa Al Consejo Administrativo De Que Trata La Ley 29 De 1931
Decreto 869 de 1931 · Por el cual se prescriben los procedimientos que deben seguirse para la adquisición de los elementos y materiales destinados a la administración de los ferrocarriles nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.