Articulo doce. El Superintendente Bancario vigilará el cumplimiento, por parte de los establecimientos bancarios, de las disposiciones emanadas de la Junta Directiva del Banco de la República que hagan relación a tales instituciones.
Decreto 756 de 1951 →Vigente
Artículo 12
Decreto 756 de 1951 · Por el cual se dictan disposiciones sobre el Banco de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.