Micelio

Artículo 10

Las Autorizaciones Que Confiere La Ley Que Se Reglamenta Al Municipio De Toro, En El Departamento Del Valle, Para Enajenar Los Terrenos Conocidos Con El Nombre Ejidos O Del Vecindario Deberá Ser Reglamentada Por El Gobernador Del Departamento, Si Lo Estima Necesario

Decreto 399 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 9a de 1923, que da unas autorizaciones al Gobierno y al Municipio de Toro, y se dictan providencias sobre administración de bienes nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autorizaciones que confiere la ley que se reglamenta al Municipio de Toro, en el Departamento del Valle, para enajenar los terrenos conocidos con el nombre ejidos o del vecindario deberá ser reglamentada por el Gobernador del Departamento, si lo estima necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 399 de 1923