La organización y control de la actividad transportadora local exige el establecimiento de un sistema de planificación integral, dinámico, confiable y eficaz, que asegure la utilización adecuada de la infraestructura del transporte y facilite la toma de decisiones en el proceso de adjudicación o reestructuración de la operación.
Decreto 91 de 1998 →Vigente
Artículo 59
La Organización Y Control De La Actividad Transportadora Local Exige El Establecimiento De Un Sistema De Planificación Integral, Dinámico, Confiable Y Eficaz, Que Asegure La Utilización Adecuada De La Infraestructura Del Transporte Y Facilite La Toma De Decisiones En El Proceso De Adjudicación O Reestructuración De La Operación
Decreto 91 de 1998 · por el cual se establecen normas para la habilitación y la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.