Validez de los documentos otorgados a través de los mecanismos de Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP). Los documentos otorgados a través de los mecanismos del Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP) definidos en el presente Capítulo, podrán tener validez en las vías de cualificación, así como en el ámbito laboral y productivo, en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC). También podrán tener validez en los procesos de gestión del talento humano de las empresas y organizaciones públicas y privadas.
La vigencia de los certificados de competencias y de los certificados de cualificaciones regirá a partir de su expedición y será de carácter permanente, excepto en los casos que alguna autoridad competente establezca una vigencia determinada.