Micelio

Artículo 5

Todas Las Novedades Que Los Almacenistas Subalternos Del Departamento Administrativo De La Policía Nacional Solicite A La Sección De Reglamentación Y Armamento, Se Harán Por Duplicado, A Efecto De Que Dicha Sección Cause Las Novedades, Conserve En Su Archivo El Duplicado Y Adjunte El Original A La Cuenta Que Mensualmente Rinde Al Citado Departamento

Decreto 1544 de 1940 · Por el cual se reglamenta el manejo y custodia del armamento y munición a cargo de la Policía Nacional y demás fuerzas armadas del país, no dependientes del Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Todas las novedades que los Almacenistas Subalternos del Departamento Administrativo de la Policía Nacional solicite a la Sección de Reglamentación y Armamento, se harán por duplicado, a efecto de que dicha Sección cause las novedades, conserve en su archivo el duplicado y adjunte el original a la cuenta que mensualmente rinde al citado Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1544 de 1940