Micelio

Artículo 2

Esta Medida Será Tomada Por El Ministerio De Justicia A Través De La Dirección General De Prisiones, De Oficio O A Solicitud Del Propio Interesado O Del Director Del Establecimiento O Del Juez De Instrucción O Del De Conocimiento, Después De Establecer Por Los Medios Que Crea Conducentes La Necesidad Del Traslado

Decreto 2559 de 1975 · Por el cual se reglamenta el artículo 152 del Decreto 1817 de 1964

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Esta medida será tomada por el Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de Prisiones, de oficio o a solicitud del propio interesado o del Director del Establecimiento o del Juez de Instrucción o del de Conocimiento, después de establecer por los medios que crea conducentes la necesidad del traslado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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