Estructura y Contenido. Los establecimientos educativos de preescolar, básica y media determinarán los contenidos de la Cátedra de la Paz, los cuales deberán estar orientados al logro de los objetivos consagrados en el parágrafo 2° del artículos 1 de la Ley 1732 de 2014 y en el artículo 2.3.3.4.5.2. del presente Decreto y deberán desarrollar al menos dos (2) de las siguientes temáticas:
Justicia y Derechos Humanos.
Uso sostenible de los recursos naturales.
Protección de las riquezas culturales y naturales de la Nación.
Resolución pacífica de conflictos.
Prevención del acoso escolar.
Diversidad y pluralidad.
Participación política.
Memoria histórica.
Dilemas morales.
Proyectos de impacto social.
Historia de los acuerdos de paz nacional e internacional.
Proyectos de vida y prevención de riesgos.
(Decreto 1038 de 2015, artículo 4°).