Establécese la siguiente nomenclatura de empleos para el Nivel Administrativo: Denominación Código Grado Pagador 5045 16 17 18 19 Secretario Ejecutivo 5040 12 13 14 Coordinador 5005 15 16 Dactiloscopista Coordinador 5004 15 16 Supervisor 5105 11 12 13 Dactiloscopista Supervisor 5104 11 12 13 Auxiliar Administrativo 5120 02 03 04 05 06 07 08 09 Secretario 5140 03 04 05 06 07 08 Ayudante de Oficina 5155 01 02 03 04 05 06 Visitador 5100 06 07 08 09 Denominación Código Grado Registrador Auxiliar 5003 13 14 15 16 Mecanógrafo 5180 01 02 03 04 05 06 Registrador Municipal 5002 07 08 09 10 11 12 13 Almacenista 5080 08 09 10 11 12
Decreto 25 de 1989 →Vigente
Artículo 14
Decreto 25 de 1989 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos, se modifica parcialmente el sistema de nomenclatura de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se dictan otras disposiciones en material salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.