º El Gerente del Fondo Rotatoria de la Fuerza Aérea Colombiana, tendrá derecho a gastos de representación en cuantía equivalente a la tercera parte del sueldo que le corresponda según lo establecido en el artículo 1º del presente Acuerdo.
Decreto 1606 de 1974 →Vigente
Artículo 4
El Gerente Del Fondo Rotatoria De La Fuerza Aérea Colombiana, Tendrá Derecho A Gastos De Representación En Cuantía Equivalente A La Tercera Parte Del Sueldo Que Le Corresponda Según Lo Establecido En El Artículo 1º Del Presente Acuerdo
Decreto 1606 de 1974 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal del Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea Colombiana
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.