Micelio

Artículo 43

Para Mayor Información Y Control Por Parte De La Nación En Todo Lo Relacionado Con La Liquidación Y Pago De Las Deficiencias De Que Tratan Los Artículos Anteriores, Los Administradores De Hacienda, Directamente, O Por Conducto De Los Empleados Subalternos Que Designen, Y Los Inspectores De Rentas E Impuestos Nacionales, Están Autorizados Para Fiscalizar Las Cuentas Correspondientes Al Movimiento De Las Rentas De Licores Departamentales

Decreto 2266 de 1928 · Por el cual se reglamentan las leyes 88 de 1923 y 88 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para mayor información y control por parte de la Nación en todo lo relacionado con la liquidación y pago de las deficiencias de que tratan los artículos anteriores, los Administradores de Hacienda, directamente, o por conducto de los empleados subalternos que designen, y los Inspectores de Rentas e Impuestos Nacionales, están autorizados para fiscalizar las cuentas correspondientes al movimiento de las rentas de licores departamentales. Disposiciones generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2266 de 1928