º Las Comisiones Seccionales atendrán y resolverán los reclamos acerca de la fijación de los salarios mínimos, que se presenten por trabajadores y patronos de su jurisdicción, pudiendo autorizar a una empresa o patrono el pago de salarios inferiores a los mínimos legales, si comprueba que los señalados desequilibran la estabilidad económica, pero, esta autorización sólo podrá concederse hasta por el término, de un 1 año. Contratos decisiones de las Comisiones Seccionales podrá; interponerse el recurso de apelación para ante la Comisión Nacional, dentro de los diez. (10) días siguientes a la notificación, y se concederá en el efecto suspensivo.
Artículo 6
Las Comisiones Seccionales Atendrán Y Resolverán Los Reclamos Acerca De La Fijación De Los Salarios Mínimos, Que Se Presenten Por Trabajadores Y Patronos De Su Jurisdicción, Pudiendo Autorizar A Una Empresa O Patrono El Pago De Salarios Inferiores A Los Mínimos Legales, Si Comprueba Que Los Señalados Desequilibran La Estabilidad Económica, Pero, Esta Autorización Sólo Podrá Concederse Hasta Por El Término, De Un 1 Año
Decreto 2118 de 1957 · Por el cual se crean comisiones permanentes para la revisión de salarios mínimos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.