º Las funciones de las Secciones de Cuentas Corrientes y Caja, de Cobranzas, de Contabilidad y de Visitadora de Recaudo de la División de Recaudo, de que tratan los artículos 95, 96, 97 y 98 del Decreto 074 de 1976, serán ejercidas por los Jefes de las respectivas Secciones o por sus delegados, cuando la delegación sea procedente de acuerdo con la ley.
Artículo 7
Las Funciones De Las Secciones De Cuentas Corrientes Y Caja, De Cobranzas, De Contabilidad Y De Visitadora De Recaudo De La División De Recaudo, De Que Tratan Los Artículos 95, 96, 97 Y 98 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por Los Jefes De Las Respectivas Secciones O Por Sus Delegados, Cuando La Delegación Sea Procedente De Acuerdo Con La Ley
Decreto 2024 de 1976 · Por los cuales se establecen las Plantas de Personal de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Bucaramanga de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.