Micelio

Artículo 10

No Tendrán Derecho Al Auxilio, Aquellos Damnificados Cuyos Bienes Estaban Amparados, Por Seguros En La Fechas Del Incendio

Decreto 2083 de 1941 · Por el cual se reglamenta la inversión del auxilio decretado por la Ley 39 de 1941, para los damnificados por el incendio ocurrido en la población de la Palma, en el Departamento de Cundinamarca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No tendrán derecho al auxilio, aquellos damnificados cuyos bienes estaban amparados, por seguros en la fechas del incendio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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