Micelio

Artículo 42

Se Considerarán Empresas Mixtas Aquellas En Que Participen El Estado O Empresas Del Estado, Aunque Dicha Participación Sea Inferior Al Cincuenta Y Uno Por Ciento Del Capital, Siempre Que La Oficina De Cambios, De Acuerdo Con El Procedimiento Señalado En El Artículo 1º Sobre Empresas Mixtas, Compruebe Que La Representación Estatal Tenga Capacidad Determinante En Las Decisiones De La Empresa

Decreto 2153 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 1299 de 1971, sobre el régimen de capitales extranjeros, marcas, patentes, licencoas y regalías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se considerarán empresas mixtas aquellas en que participen el Estado o empresas del Estado, aunque dicha participación sea inferior al cincuenta y uno por ciento del capital, siempre que la Oficina de Cambios, de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo 1º sobre empresas mixtas, compruebe que la representación estatal tenga capacidad determinante en las decisiones de la empresa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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