Los Acuerdos Mensuales de Gastos sólo podrán ser adicionados mediante solicitudes formuladas del 10 al 15 de cada mes, en casos de excepcional urgencia, ampliamente comprobados, para atender a la buena marcha de los servicios. Las adiciones que no se ajusten a necesidades de esta naturaleza, que calificará la Dirección Nacional del Presupuesto, no podrán tramitarse. Igual norma y dentro del mismo término rige para los traslados de Acuerdo. V Clasificación y definición de los gastos.
Decreto 3395 de 1965 →Vigente
Artículo 31
Los Acuerdos Mensuales De Gastos Sólo Podrán Ser Adicionados Mediante Solicitudes Formuladas Del 10 Al 15 De Cada Mes, En Casos De Excepcional Urgencia, Ampliamente Comprobados, Para Atender A La Buena Marcha De Los Servicios
Decreto 3395 de 1965 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.