Las empresas dedicadas a la comercialización o a la transformación primaria de productos de la fauna silvestre se clasificarán así: a). Las que desarrollan fines de lucro mediante el aprovechamiento de algún producto de las especies fáunicas, b). Las que en zoocriaderos y en el ejercicio de la caza comercial obtengan el aprovechamiento de especies fáunicas para fines exclusivamente científicos de empresas o entidades extranjeras.
Decreto 2811 de 1974 →Vigente
Artículo 260
Las Empresas Dedicadas A La Comercialización O A La Transformación Primaria De Productos De La Fauna Silvestre Se Clasificarán Así: A)
Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.