Actores del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Son Actores del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior:
Ministerio de Educación Nacional (MEN).
Ministerio de Salud y Protección Social.
Consejo Nacional de Educación Superior (CESU).
Consejo Nacional de Acreditación (CNA).
Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Conaces).
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTel).
Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes).
Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez” (Icetex).
Comisión Intersectorial de Talento Humano en Salud (CITHS).
Las instituciones de educación superior y aquellas habilitadas por la ley para ofrecer y desarrollar programas de educación superior.
La comunidad académica y científica en general.
Pares académicos.
Todos aquellos entes que intervienen en el desarrollo de la Educación Superior.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.5.3.2.1.3. Aseguramiento institucional interno de la calidad académica. El aseguramiento institucional interno de la calidad académica es la gestión de las instituciones de educación superior y de aquellas habilitadas por la ley para ofrecer y desarrollar programas de educación superior, dirigida a materializar su compromiso con la calidad de su oferta educativa y a garantizar el logro de los planes, proyectos y objetivos de formación que se ha planteado, así como la respuesta adecuada a las necesidades de rendición de cuentas y transparencia.
El sistema de aseguramiento institucional interno de la calidad académica se refiere a las acciones, estrategias y decisiones en cuanto a la organización y funcionamiento de las diferentes estructuras internas y actores de las instituciones de educación superior y de aquellas habilitadas por la ley para ofrecer y desarrollar programas de educación superior, que mediante acuerdos institucionales interactúan para asegurar, gestionar, promover y mejorar permanentemente su calidad. Se centra en un enfoque formativo y de mejoramiento continuo que incentiva el conocimiento de referentes externos y del contexto, el autorreconocimiento institucional, la autoevaluación de su calidad y la autorregulación que ayude a la construcción de una cultura de la calidad.
Las instituciones de educación superior y aquellas habilitadas por la ley para ofrecer y desarrollar programas de educación superior propenderán por la consolidación de sus propios sistemas internos de aseguramiento de la calidad académica, de manera que estos les permitan apropiar los procesos y herramientas pertinentes orientados al mejoramiento continuo de las instituciones y de los programas académicos que ofertan y desarrollan.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
Artículo 2.5.3.2.1.3. Extensión de programas. La extensión de un programa académico es la ampliación de su oferta y desarrollo a un lugar distinto a aquel para el cual fue autorizado, manteniendo la denominación académica, los contenidos curriculares y la organización de las actividades académicas. La extensión de un programa académico requiere registro calificado independiente.
(Decreto 1295 de 2010, artículo 3°).
TEXTO CORRESPONDIENTE A