Micelio

Artículo 50

El Proyecto Del Plan Seccional Sobre Necesidades De Contratación De Servicios De Salud Deberá Contener En Forma Individualizada: A) Los Servicios Que Se Proyecta Contratar Con El Estimativo Del Volumen De Actividades, Procedimientos Y Atenciones; B) Las Clases De Contratos Mediante Los Cuales Se Puede Suministrar Cada Servicie; C) El Valor Estimativo De Los Contratos; D) El Presupuesto Y El Rubro Con Cargo Al Cual Se Efectuará La Contratación

Decreto 7 de 1980 · Por el cual se reglamentan los artículos 73 y 92 del Decreto-ley 1650 de 1977; 29, 30, 31, 32 y 33 del Decreto-ley 1652 de 1977; y 16, 17 y 18 del Decreto-ley 1700 de 1977 en lo relacionado con la contratación de servicios de salud para el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El proyecto del plan seccional sobre necesidades de contratación de servicios de salud deberá contener en forma individualizada

a)

Los servicios que se proyecta contratar con el estimativo del volumen de actividades, procedimientos y atenciones;

b)

Las clases de contratos mediante los cuales se puede suministrar cada servicie;

c)

El valor estimativo de los contratos;

d)

El presupuesto y el rubro con cargo al cual se efectuará la contratación.

e)

La certificación de disponibilidad y reserva presupuéstales; í) Los contrates vigentes para la prestación de servicios, sus características y las propuestas sobre terminación c prórroga de los mismos. De la evaluación y aprobación del proyecto de plan seccional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 7 de 1980