Micelio

Artículo 1

Promúlganse El “convenio Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República Del Perú Sobre Promoción Y Protección Recíproca De Inversiones”, Hecho En Lima El 26 De Abril De 1994, Y El “protocolo Modificatorio Adicional Al Convenio Sobre Promoción Y Protección Recíproca De Inversiones Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República Del Perú”, Hecho En Lima El 7 De Mayo De 2001

Decreto 1751 de 2004 · por el cual se promulgan el “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones”, hecho en Lima el 26 de abril de 1994, y el “Protocolo Modificatorio Adicional al Convenio sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú”, hecho en Lima el 7 de mayo de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Promúlganse el “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones”, hecho en Lima el 26 de abril de 1994, y el “Protocolo Modificatorio Adicional al Convenio sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú”, hecho en Lima el 7 de mayo de 2001. (Para ser transcritos en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones”, hecho en Lima el 26 de abril de 1994, y del “protocolo Modificatorio Adicional al Convenio sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú”, hecho en Lima el 7 de mayo de 2001).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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