Micelio

Artículo 54

Contra Las Sentencias Ejecutoriadas Habrá Lugar Al Recurso Extraordinario De Revisión Ante La Corte Suprema De Justicia, En Los Casos Contemplados Por Los Numerales 3, 4, Y 5 De Artículo 571 Del Código De Procedimiento Penal

Decreto 1699 de 1964 · Por el cual se dictan disposiciones sobre conductas antisociales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contra las sentencias ejecutoriadas habrá lugar al recurso extraordinario de revisión ante la Corte Suprema de Justicia, en los casos contemplados por los numerales 3, 4, y 5 de artículo 571 del Código de Procedimiento Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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