Micelio

Artículo 2.5.3.4.3.6.2

Criterios De Clasificación De Los Aspirantes

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Criterios de clasificación de los aspirantes. Los criterios de clasificación de los aspirantes serán los siguientes:

1.

Mérito académico según los resultados obtenidos en el Examen de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro, y el promedio obtenido durante el pregrado, en los términos de lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 2.5.3.4.3.4.2 del presente decreto.

2.

Condición socioeconómica y situación de vulnerabilidad.

Parágrafo

Corresponderá al Ministerio de Educación Nacional estructurar una tabla de ponderación que permita determinar la calificación asignada a cada aspirante.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015