Micelio

Artículo 19

Las Empresas Que Gocen De La Exención De Impuestos De Patrimonio De Acuerdo Con El Artículo Anterior, Y Se Establezcan En Regiones Que Por Su Clima, Salubridad O Falta De Vías De Comunicación No Estén Incorporadas A La Economía Nacional A Juicio De Los Ministerios De La Economía Nacional Y De Hacienda Y Crédito Público, Gozarán Además Por El Mismo Período De 5 Años De Exención De Toda Clase De Impuestos Directos Nacionales, Departamentales Y Municipales

Decreto 1439 de 1940 · Por el cual se establece el Plan de Fomento Manufacturero en desarrollo del Decreto 1157 de 1940 y se promueven nuevos renglones de explotación minera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las empresas que gocen de la exención de impuestos de patrimonio de acuerdo con el artículo anterior, y se establezcan en regiones que por su clima, salubridad o falta de vías de comunicación no estén incorporadas a la economía nacional a juicio de los Ministerios de la Economía Nacional y de Hacienda y Crédito Público, gozarán además por el mismo período de 5 años de exención de toda clase de impuestos directos nacionales, departamentales y municipales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1439 de 1940