Micelio

Artículo 50

Los Individuos En Servicio Activo De Las Fuerzas Armadas, Que Hayan Adquirido Armas Con Sus Fondos Particulares, Deberán Presentarlas Al Comandante Del Cuerpo O Repartición A Que Ellos Pertenezcan

Decreto 1449 de 1939 · Por el cual se reglamenta la importación, exportación, fabricación, comercio y posesión de armas, municiones y explosivos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los individuos en servicio activo de las fuerzas armadas, que hayan adquirido armas con sus fondos particulares, deberán presentarlas al Comandante del Cuerpo o Repartición a que ellos pertenezcan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1449 de 1939