Micelio

Artículo 2

El Gobierno Nacional Procederá A Nombrar Un Liquidador Del Instituto Nacional De Provisiones Y La Fijarle Asignación Y Funciones De Acuerdo Con El Régimen Legal Y Fiscal Pertinente, Lo Mismo Que Para Dictar Las Normas Necesarias Que Faciliten Su Liquidación

Decreto 657 de 1974 · Por el cual se suprime el Instituto Nacional de Provisiones "Inalpro" y se dictan otras disposiciones sobre la Imprenta Nacional y normas sobre compras en la Administración Nacion

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Gobierno Nacional procederá a nombrar un liquidador del Instituto Nacional de Provisiones y la fijarle asignación y funciones de acuerdo con el régimen legal y fiscal pertinente, lo mismo que para dictar las normas necesarias que faciliten su liquidación.

Parágrafo

La Contraloría General de la República nombrará un representante en la liquidación del mencionado Instituto, para los efectos fiscales a que haya lugar, en calidad de revisor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 657 de 1974