Micelio

Artículo 14

Las Direcciones De Circulación Establecidas O Que Se Establezcan De Conformidad Con Lo Dispuesto En Este Decreto Necesitan Para Ser Aprobadas Por El Ministerio De Gobierno Llenar Los Siguientes Requisitos: A) Acompañar Con La Solicitud De Aprobación, Un Acta De Visita Practicada Por El Gobernador Del Departamento O Por El Funcionario De Este Mandatario Designe, En La Cual Conste Que La Dirección De Circulación Reúne Los Requisitos De Que Trata El Artículo 1º De Este Decreto

Decreto 57 de 1940 · Por el cual se reglamenta la ley 60 de 1939, "por la cual se dictan algunas disposiciones sobre tránsito"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Direcciones de Circulación establecidas o que se establezcan de conformidad con lo dispuesto en este Decreto necesitan para ser aprobadas por el Ministerio de Gobierno llenar los siguientes requisitos

a)

Acompañar con la solicitud de aprobación, un acta de visita practicada por el Gobernador del Departamento o por el funcionario de este mandatario designe, en la cual conste que la Dirección de Circulación reúne los requisitos de que trata el artículo 1º de este Decreto.

b)

Enviar al Ministerio el comprobante de que tiene circulación pública urbana con el número de vehículos, en ningún caso menor a los anotados en el artículo 2º.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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