Son deberes del Secretario
Desempeñar las funciones de Secretario del Consejo Directivo y del Rector; formular y autorizar las actas de las sesiones del Consejo Directivo.
Llevar el libro de inventarios, por entradas y salidas, conforme al Decreto 437 de 1910; tomar copia de él al fin de cada año, y entregarla al Rector, para que este, después de visarla, la remita al Ministerio de Instrucción Pública.
Autorizar los documentos que lleven la firma del Rector y los demás que determine el Reglamento.
Extender y firmar las matriculas, conforme a las órdenes del Rector, y cancelarlas al final del año, poniendo las calificaciones respectivas en el talón y en el certificado, luégo de ponerlas en la columna final del libro de registros mensuales.
Llevar un libro de registro alfabético y numerado de las matrículas de todos los alumnos.
Llevar un libro de registro de todas las clases y de los alumnos de ellas; copiar de este libro los nombres de los alumnos de cada clase, en orden alfabético, y entregar esta lista el primero de cada mes a los Catedráticos, para el servicio de sus clases.
Recoger las listas de las clases al fin del mes y poner las calificaciones de conducta, aprovechamiento y las faltas de asistencia, en el libro de registros mensuales.
Enviar en los primeros días de cada mes el informe correspondiente a los padres o acudientes de los alumnos.
Escribir las notas y las resoluciones que dicte el Rector, y copiarlas en un libro copiador de notas.
Entregar, por inventario, el archivo a su sucesor.
Formular y autorizar las actas de los exámenes, en un libro especial, destinado al efecto.
Dar copia de las matrículas y certificados de conducta, a virtud de orden del Rector, y cobrar por cada copia o certificado un peso ($ 1) oro, que ingresará los fondos de la Escuela.
Llevar un libro, en el cual los Catedráticos, a la salida de sus clases, podrán cada día su firma y las observaciones que estime convenientes sobre conducta y aplicación de los alumnos.
Cumplir y hacer cumplir las órdenes del Rector.
Citar a los Profesores para sesiones del Consejo y para los demás actos a que deban concurrir; y
Concurrir a los exámenes y a los actos públicos que se verifiquen dentro o fuéra del local de la Escuela inspectores