° El presente Decreto rige a partir del primero (1°) de julio del año en curso. Comuníquese y publíquese. MARIANO OSPINA PEREZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO -El Ministro de Correos y Telégrafos, General Gustavo ROJAS PINILLA .
Decreto 2010 de 1950 →Vigente
Artículo 7
El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°) De Julio Del Año En Curso
Decreto 2010 de 1950 · por el cual se hacen unas supresiones y unas creaciones, y se modifican unas asignaciones en el personal de los ramos de Correos y Telégrafos del Ministerio de Correo y Telégrafos, y se aclara un decreto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.