º Corrígense las siguientes posiciones Naladi que figuran en el artículo 2º del Decreto 1013 del 2 de junio de 1987. Donde dice Naladi 08.04.0.01 28.20.2.05 32.07.1.01 40.02.1.02 85.25.0.01 Demás aisladores para más de 25.000 voltios Debe decir Naladi 08.04.0.02 28.30.2.05 32.07.9.04 40.02.1.04 65.25.0.02 Aisladores de vidrio para más de 25.000 voltios 85.25.0.03 Aisladores de otras materias cerámicas para más de 25.000 voltios. 85.25.0.99 Demás aisladores para más de 25.000 voltios.
Decreto 466 de 1988 →Vigente
Artículo 6
º Corrígense Las Siguientes Posiciones Naladi Que Figuran En El Artículo 2º Del Decreto 1013 Del 2 De Junio De 1987
Decreto 466 de 1988 · Por el cual se da cumplimiento a los compromisos contraídos por el Colombiano en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración Aladi
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.