La violación de las normas que regulan el manejo y uso de los recursos naturales renovables hará incurrir al infractor en las sanciones previstas en este código y, en lo no especialmente previsto, en las que impongan las leyes y reglamentos vigentes sobre la materia. CAPITULO II De la vigencia de este Código.
Decreto 2811 de 1974 →Vigente
Artículo 339
La Violación De Las Normas Que Regulan El Manejo Y Uso De Los Recursos Naturales Renovables Hará Incurrir Al Infractor En Las Sanciones Previstas En Este Código Y, En Lo No Especialmente Previsto, En Las Que Impongan Las Leyes Y Reglamentos Vigentes Sobre La Materia
Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.