º El Consejo Nacional de Instrucción Criminal recomendará al Director General de Instrucción Criminal los casos en los cuales se reconocerán las recompensas, su cuantía y la oportunidad de su pago.
Decreto 1199 de 1987 →Vigente
Artículo 2
El Consejo Nacional De Instrucción Criminal Recomendará Al Director General De Instrucción Criminal Los Casos En Los Cuales Se Reconocerán Las Recompensas, Su Cuantía Y La Oportunidad De Su Pago
Decreto 1199 de 1987 · Por medio del cual se dictan medidas tendientes a combatir la impunidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.