Las inversiones en nuevas viviendas que se construyan en el campo en beneficio de los trabajadores y que se ajusten a normas higiénicas, se aceptaran como gasto deducible de la renta.
Decreto 198 de 1957 →Vigente
Artículo 10
Las Inversiones En Nuevas Viviendas Que Se Construyan En El Campo En Beneficio De Los Trabajadores Y Que Se Ajusten A Normas Higiénicas, Se Aceptaran Como Gasto Deducible De La Renta
Decreto 198 de 1957 · Por el cual dictan unas disposiciones sobre crédito agrario y ganadero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.