° Los funcionarios que continúen prestando sus servicios en cargos cuya denominación y asignación hayan sido modificados por el presente Decreto, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión, que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre nacional equivalente a la diferencia de la remuneración correspondiente.
Artículo 6
° Los Funcionarios Que Continúen Prestando Sus Servicios En Cargos Cuya Denominación Y Asignación Hayan Sido Modificados Por El Presente Decreto, No Requerirán Llenar Otra Formalidad Para La Posesión, Que La Firma Del Acta Respectiva Y El Pago Del Impuesto De Timbre Nacional Equivalente A La Diferencia De La Remuneración Correspondiente
Decreto 1648 de 1961 · Por el cual se establece en forma parcial, el personal de los distritos de Obras Públicas Nacionales, dependientes del Ministerio de Obras Públicas, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.