Micelio

Artículo 7

º La Operación Y Funcionamiento Del Fondo De Fomento Fiquero Estará A Cargo Del Fondo De Fomento Agropecuario Del Ministerio De Agricultura

Decreto 3107 de 1985 · Por el cual se reglamente la Ley 9° de 1983, sobre Fondo de Fomento Finquero y se crea un Consejo Asesor

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La operación y funcionamiento del Fondo de Fomento Fiquero estará a cargo del Fondo de Fomento Agropecuario del Ministerio de Agricultura.El Director del Fondo de Fomento Agropecuario elaborará cada año antes del 1º de octubre, el Plan de Ingresos y Gastos del Fondo por programas y proyectos, para el año inmediatamente siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3107 de 1985