Micelio

Artículo 13

El Galardonado Perderá El Derecho A La Condecoración Por Haber Sido Condenado A Pena De Prisión Por Delito Cometido Con Dolo, Cuando Disciplinariamente Haya Sido Sancionado Por Falta Grave O Gravísima O, Incurra En Hechos Que Atenten Contra La Dignidad O La Seguridad Del Estado, De La Fiscalía General De La Nación O De Sus Servidores, A Juicio Del Consejo De La Medalla

Decreto 2886 de 2003 · por el cual se modifica el decreto 1684 de 1993, que crea la condecoracion "Enrique Low Murtra al merito en el servicio de la Fiscalia General de la Nacion" y se deroga el Decreto 844 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El galardonado perderá el derecho a la condecoración por haber sido condenado a pena de prisión por delito cometido con dolo, cuando disciplinariamente haya sido sancionado por falta grave o gravísima o, incurra en hechos que atenten contra la dignidad o la seguridad del Estado, de la Fiscalía General de la Nación o de sus servidores, a juicio del Consejo de la Medalla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2886 de 2003