Micelio

Artículo 6

º De Las Excepciones Al Limite De Gastos Por Servicios Personales

Decreto 19 de 1988 · Por el cual se limita y racionaliza el gasto público por servicios personales y subrogan los Decretos 3049 y 3455 de 1986 y 108 de 1987

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º DE LAS EXCEPCIONES AL LIMITE DE GASTOS POR SERVICIOS PERSONALES. El límite por servicios personales indicado en el artículo 5º del presente Decreto no se aplicará cuando se trate de dar cumplimiento a sentencias judiciales que ordenen el reintegro al servicio de empleados públicos, funcionarios de la Seguridad Social y trabajadores oficiales; de las incorporaciones a que se refiere el artículo 11 del Decreto 1024 de 1987; de promociones en la Carrera Administrativa o de ascensos en el escalafón militar o de la Policía Nacional. Previa disponibilidad presupuestal o concepto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre la forma de financiar el mayor valor, el Consejo Superior de la Defensa Nacional o el Consejo de Seguridad, según el caso, podrán autorizar que el valor de las nóminas de personal de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, vinculado directamente a la defensa de la soberanía y la seguridad nacional o el mantenimiento del orden público y de la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia, exceda el límite establecido en este Decreto. En los casos previstos anteriormente se deberá informar oportunamente al Comité de Control del Gasto Público por Servicios Personales para efectos de actualizar dichos valores.

Parágrafo

Para efectos del valor límite y de los informes de ejecución respecto del personal del Servicio Exterior, Diplomático y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, se tomará el valor equivalente en dólares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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