Micelio

Artículo 9

Régimen De Inversiones

Decreto 574 de 2007 · por el cual se definen y adoptan las condiciones financieras y de solvencia del Sistema Unico de Habilitación de Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades Adaptadas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Régimen de Inversiones . La totalidad de las reservas técnicas deberán estar invertidas permanentemente y denominadas en moneda nacional, en los siguientes instrumentos

1.

Títulos de deuda pública interna; emitidos o garantizados por la Nación.

2.

Títulos emitidos o garantizados por el Banco de la República.

3.

Títulos emitidos o garantizados por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafín.

4.

Títulos de renta fija emitidos, aceptados, garantizados o avalados por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, incluyendo bonos de obligatoria u opcionalmente convertibles en acciones.

5.

Bonos y títulos hipotecarios emitidos en desarrollo de la Ley 546 de 1999 y otros títulos de contenido crediticio derivados de procesos de titularización de cartera hipotecaria.

6.

Derechos o participaciones en fondos comunes ordinarios administrados por sociedades fiduciarias.

7.

Depósitos en cuentas corrientes y cuentas de ahorro. Para este propósito se deducirán los descubiertos en cuenta corriente.

8.

Saldos disponibles en caja. Las calificaciones de riesgo de las emisiones de los títulos y de los fondos de las inversiones de que trata el presente artículo deben ser al menos DP1 o AA, según sea el caso y cuando tal calificación sea aplicable al rubro. En el caso de inversiones en certificados de depósito a término u otros instrumentos representativos de captaciones de intermediarios financieros la calificación de riesgo bancario de la entidad debe ser superior a A o su calificación de deuda de largo y corto plazo, al menos A/DP-1. Las inversiones no podrán estar representadas en títulos, derechos o participaciones en su casa matriz, subsidiarias de esta, y en general en entidades o empresas vinculadas por propiedad o control.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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