º La incorporación en el Presupuesto Nacional de los recursos de los títulos de deuda pública externa de que trata el presente Decreto estará limitada en su cuantía a los recursos efectivamente percibidos por la Tesorería General de la República por su colocación.
Artículo 7
º La Incorporación En El Presupuesto Nacional De Los Recursos De Los Títulos De Deuda Pública Externa De Que Trata El Presente Decreto Estará Limitada En Su Cuantía A Los Recursos Efectivamente Percibidos Por La Tesorería General De La República Por Su Colocación
Decreto 2707 de 1991 · por el cual se ordena la emisión y se determinan el nombre, características financieras y condiciones de emisión, colocación, negociación y amortización de los titulares de deuda pública externa de la Nación autorizados por la Ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.