Micelio

Artículo 6

La Matricula De Un Buque O Nave Consiste En Su Inscripción En La Correspondiente Lista Del Registro Marítimo Que Se Lleva En Todas Las Capitanía De Puerto Y En La Dirección Marítima Mercante

Decreto 1208 de 1969 · Por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 994 de 1966

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La matricula de un buque o nave consiste en su inscripción en la correspondiente lista del Registro Marítimo que se lleva en todas las Capitanía de Puerto y en la Dirección Marítima Mercante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1208 de 1969