` Estímulos a profesionales del sector agropecuario. Los profesionales del sector agropecuario que se vinculen a las regiones fronterizas de que habla el artículo anterior, gozarán de benefi cios preferenciales, al tenor de los establecidos por el artículo 15 de la Ley 5º de 1973. El Consejo Consultivo del Fondo Financiero Agropecuario expedirá, a partir de la vigencia del presente Decreto, el reglamento respectivo. TITULO III. ASPECTOS INSTITUCIONALES CAPITULO I. Secretaría de Asuntos Fronterizos.
Decreto 3448 de 1983 →Vigente
Artículo 35
Decreto 3448 de 1983 · Por el cual se establece un estatuto especial para las zonas fronterizas, se otorgan estímulos e incentivos para su desarrollo y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.