° El ICFES, en unión con el respectivo establecimiento y con la Oficina Sectorial de Planeación del Ministerio de Educación, elaborará, en cuanto se refiera a los aportes de la Nación, los presupuestos de las universidades y de más institutos oficiales de educación superior. Vigilará, además la ejecución del presupuesto en dichas entidades.
Decreto 89 de 1976 →Vigente
Artículo 7
El Icfes, En Unión Con El Respectivo Establecimiento Y Con La Oficina Sectorial De Planeación Del Ministerio De Educación, Elaborará, En Cuanto Se Refiera A Los Aportes De La Nación, Los Presupuestos De Las Universidades Y De Más Institutos Oficiales De Educación Superior
Decreto 89 de 1976 · Por el cual se reestructura el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.