Micelio

Artículo 2

º Para Efectos De Lo Previsto En La Ley 20 De 1969 Y En El Presente Decreto, Un Yacimiento Se Reputa Descubierto Cuando Mediante Perforación Con Taladro Y Las Correspondientes Pruebas De Fluidos, Se Logra El Hallazgo De La Roca En La Cual Se Encuentran Acumulados Los Hidrocarburos Y Que Se Comporta Como Una Unidad Independiente En Cuanto A Mecanismos De Producción, Propiedades Petrofísicas Y Propiedades De Los Fluidos

Decreto 1994 de 1989 · por el cual se reglamenta el artículo 1° de la Ley 20 de 1969 en materia de hidrocarburos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para efectos de lo previsto en la Ley 20 de 1969 y en el presente Decreto, un yacimiento se reputa descubierto cuando mediante perforación con taladro y las correspondientes pruebas de fluidos, se logra el hallazgo de la roca en la cual se encuentran acumulados los hidrocarburos y que se comporta como una unidad independiente en cuanto a mecanismos de producción, propiedades petrofísicas y propiedades de los fluidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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