Micelio

Artículo 2.2.4.8.3

Recursos Del Fondo De Riesgos Laborales

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recursos del fondo de riesgos laborales. Los recursos del Fondo de Riesgos Laborales son los definidos en el artículo 89 del Decreto-ley 1295 de 1994, a saber:

1.

El 1% de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales a cargo de los empleadores.

2.

Aportes del presupuesto nacional.

3.

Las multas de que trata el Decreto-ley 1295 de 1994.

4.

Los recursos que aporten las entidades territoriales para planes de Prevención de Riesgos Laborales en sus respectivos territorios, o de agremiaciones o federaciones para sus afiliados.

5.

Las donaciones que reciba, y en general los demás recursos que reciba a cualquier título.

(Decreto número 1833 de 1994, artículo 5°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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