Micelio

Artículo 3

° Comisionase Al Visitador Fiscal Del Departamento Del Atlántico Para Que En Asocio Del Comandante De La 3

Decreto 687 de 1915 · Por el cual se dictan algunas providencias relativas al ramo fiscal de la cañonera Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Comisionase al Visitador Fiscal del Departamento del Atlántico para que en asocio del Comandante de la 3. a Brigada del Ejército practique cada mes una visita a la cañonera "Colombia," con el objeto de cerciorarse del cobro e inversión correcta de los fondos destinados al servicio del barco, y especialmente de que se cumplan las disposiciones contenidas en la Ley 56 de 1913, por la cual se reorganizan los buques de guerra nacionales. Del acta de visita remitirán copia al Ministerio de Guerra y a la Corte de Cuentas.

Parágrafo

En ausencia del Visitador Fiscal lo reemplazará el señor Gobernador del Departamento. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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