Micelio

Artículo 1

Crease Un Comité Consultivo Pare Que, Con Fundamento En Las Consideraciones De Este Decreto, Presente Conclusiones Sobre Lo Siguiente: A) Criterios De Evaluación De Los Meritos Necesarios Para La Expedición De La Tarjeta Profesional Do Periodista

Decreto 810 de 1983 · Por el cual se crea un Comite Consultivo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Crease un Comité Consultivo pare que, con fundamento en las consideraciones de este Decreto, presente conclusiones sobre lo siguiente

a)

Criterios de evaluación de los meritos necesarios para la expedición de la Tarjeta Profesional do Periodista.

b)

Bases para una adecuada delimitación de las funciones de periodistas, comunicadores y locutores.

c)

Fundamentos para la adopción de políticas tendientes a la elevación del nivel de vida y la formación profesional de los periodistas.

d)

Recomendaciones que permitan actualizar las normas sobre derecho a la información en el país. El Comité deberá presentar sus conclusiones dentro del término de noventa (90) días contados a partir de la fecha de su instalación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 810 de 1983