º . En el día designado para la visita oficial, el Cuerpo Diplomático será recibido en el Ministerio de Relaciones Exteriores por el Secretario de éste, el Jefe y Subjefe del Protocolo. El Subjefe del Protocolo anunciará las Misiones y el Jefe presentará al Ministro los Jefes de Misión y éstos al personal de su dependencia.
Decreto 724 de 1931 →Vigente
Artículo 3
Decreto 724 de 1931 · Por el cual se reglamenta el ceremonial diplomático en Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.