Micelio

Artículo 8

El Empleado Visitante Avisará, En Cada Caso De Visita Ordinaria, Al Jefe De La Oficina Respectiva, El Día Y La Hora En Que Se Presentará A Hacer La Visita

Decreto 414 de 1923 · Por el cual se reglamentan los artículos 31 y 32 de la Ley 104 de 1922, sobre las visitas que deben practicar en algunas oficinas los Fiscales de los Tribunales y Juzgados Superiores y los Personeros Municipales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El empleado visitante avisará, en cada caso de visita ordinaria, al Jefe de la oficina respectiva, el día y la hora en que se presentará a hacer la visita.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 414 de 1923