Micelio

Artículo 34

El Día De La Fiesta Nacional De Un País Amigo, El Presidente De La República Enviará Un Saludo, Por Tarjeta, Al Respectivo Representante Diplomático Cuando Éste Tenga El Rango De Embajador O De Ministro Plenipotenciario

Decreto 1091 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Ceremonial Diplomático

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El día de la Fiesta Nacional de un país amigo, el Presidente de la República enviará un saludo, por tarjeta, al respectivo representante diplomático cuando éste tenga el rango de Embajador o de Ministro Plenipotenciario. El Ministro de Relaciones Exteriores, el Secretario General del Ministerio, el Director General del Protocolo y demás funcionarios de este Departamento, visitarán por tarjeta, ese día, al Jefe de la Misión Diplomática. XI Precedencias.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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